miércoles, 27 de noviembre de 2013

Los Impuestos: Fort, Messi y Susana...


Algunas herramientas para juzgar los impuestos.

En el blog anterior dimos un ejemplo que nos permitió justificar la justicia distributiva de los impuestos y llegar al concepto de progresividad:

No todos tenemos las mismas posibilidades de arranque ni tampoco los precios describen correctamente todos los servicios que se prestan a la sociedad si no: ¿Por qué es más valioso Messi que una enfermera Chaco adentro?  ¿Qué diferencia hay entre el talento de Ricardo Fort y Zulma Lobato? ¿Qué diferencia hay entre los gastos de Susana y el Papa Francisco?

Este ejemplo de los famosos nos da pie a hablar de las tres bases imponibles. La renta (Messi), La riqueza (Fort) y el consumo (Susana). Todos los impuestos de todo el mundo se pueden reducir a estas tres bases para ser analizados.

La semana que viene hablaremos de algunos ejemplos locales y usted podrá aplicar estos razonamientos.

El hecho de poder reducir todos los impuestos a estas bases nos permite tener un esquema sencillo para el análisis de los tributos.

Siempre hay que identificar sobre quien recae la carga fiscal y no cual es el agente recaudador de esta, para ello definimos como sujeto pasivo sobre quien recae el tributo.

Los tributos base renta pueden tomar un concepto de renta amplia no solo los ingresos monetarios por una actividad declarada. Generalmente se usa el concepto de renta restringido a los réditos o ganancias. Esto es aplicable a personas físicas como jurídicas, lo que plantea el problema de la acotación a la jurisdicción soberana. (si se tributa por la renta producida en el territorio, solo de los residentes o en todo el mundo).

Ejemplo de esto es: el impuesto a las ganancias

Los tributos base riqueza o patrimonio: Estos graban la posesión o propiedad de los bienes.

Ejemplo de estos son: Bienes personales, inmobiliario y automotor provincial y municipal.

Los tributos base consumo o la producción: aquí hallamos dos tipos de gravámenes, sobre el consumo en general o sobre consumos específicos. También podemos hablar de consumos nacionales o a las exportaciones.

En cuanto a los impuestos generales pueden ser monofásicos si graban un solo escalón del proceso productivo o multifásicos si graban todas las etapas.

Ejemplos des estos son: IVA que grava todos los consumos en todas las etapas. Ingresos brutos provincial, monofásico y general. Retenciones y aranceles para gravar comercio exterior de forma específica e impuestos específicos como a los combustibles, los cigarrillos, etc.

Conclusión: Grabar renta y propiedad siempre que las alícuotas estén establecidas por tramos son progresivo. Gravar consumo primario es regresivo. Gravar consumo Suntuario puede ser progresivo. Con respecto al consumo siempre hay que analizar mercado por mercado para ver sobre quien cae el tributo.

 

viernes, 15 de noviembre de 2013

Sigamos con los impuestos: La solidaridad en primer lugar.


Sorprendentemente para quienes no les toco un colegio con revisionismo histórico e igual de sorprendente para quienes nos toco escuchar estos historiadores que nos hacen revalorizar las culturas originarias ya los incas tenían dos formas de cooperación: la Minga y el Ayni

La minga consistente en trabajo para la comunidad y el Inti (soberano, si tratamos de darle un parangón) y el segundo consistía en ayuda solidaria para edificación y cultivo entre los miembros de una comunidad a cambio de reciprocidad.

En la entrega anterior hablamos del principio del beneficio en la teoría tributaria. Hoy avanzaremos al principio de la distribución.

Los tributos son un tema espinoso y la solidaridad un tema bonito hasta que llega al bolsillo. Pero aquí estamos usted pinchándose los ojos al leer y yo las manos al escribir.

Desde el lado egoísta usted se beneficia de los impuestos y desde el lado solidario usted se beneficia de los impuestos. ¿Podemos estar bien si a los otros les va mal?

No todos tenemos las mismas posibilidades de arranque ni tampoco los precios describen correctamente todos los servicios que se prestan a la sociedad si no: ¿Por qué es más valioso Messi que una enfermera chaco adentro?  ¿Qué diferencia hay entre el talento de Ricardo Fort y Zulma Lobato? ¿Qué diferencia hay entre los gastos de Susana y el Papa Francisco?

Esto nos dice que no todos ganamos lo mismo (el caso de la enfermera y el jugador de futbol).No todos tenemos los mismos recursos de partida (herencia de Ricardo Ford). Ni todos tenemos los mismos consumos o aplicamos esos consumos a las mismas cosas (los viajes a Miami y los gastos en ropa de Susana Giménez diferentes a la austeridad de Francisco y su misión).

La teoría tributaria entonces habla de Equidad, mas precisamente de equidad horizontal y vertical  como dos principios de la justicia conmutativa (igual para todos sin distinción) Porque será igual para todos los iguales (equidad horizontal) y diferente alícuota entre quienes tienen capacidades diferentes (equidad vertical) Contribuir a lo público en función de la capacidad para hacerlo nos pone frente a una noción redistributiva de la justicia  donde las cargas reconocen las diferencias.

Los impuestos desde el punto de vista de la teoría tributaria económica son PROGRESIVOS en el caso de ser equitativos vertical y horizontalmente y REGRESIVOS, si pierden su condición de equidad vertical, en el caso que perdieran la equidad horizontal, serán injustos.
 

miércoles, 6 de noviembre de 2013

¿Hablemos de Impuestos?


¿A quién le importa hablar de impuestos? Muchas veces he escuchado: " mientras menos mejor".  Esto es muy cierto, más cuando afecta nuestro bolsillo de forma directa y no lo ignoramos.

Sin embargo como miembros de la comunidad debemos contribuir a ella. Para quienes son religiosos las palabras de San Pablo: "Además, cuando estábamos con ustedes les dijimos claramente: el que no quiera trabajar que tampoco coma" (1 Tes. 3, 10)

No podemos trabajar sin andar por la calle que tiene asfalto, alumbrado, dormir en la casa de un barrio donde patrulla la policía, tirar nuestros desechos sin que nos contaminen, todos recibimos servicios del estado por los cuales contribuimos, consiente o inconscientemente.

Queremos volver en este blog sobre el principio del beneficio uno de los dos principios fundamentales de la teoría tributaria. Este es un principio severo como las palabras de San Pablo. Si no aporta que no reciba.

La sociedad no es un mecanismo económico, por tanto las decisiones tampoco son económicas y racionales, sino, que intentamos sumarle criterios de racionalidad para vivir mejor.


Antes que la economía está el de derecho natural o de la condición humana. Con lo cual el estado garantiza derechos para todos, y por ello tiene la potestad de exigir los tributos.

Esa potestad la hace cumplir con su fuerza de coerción manifestada en el derecho "Penal Tributario" donde se equipara la evasión al robo.

Cuando hablamos de una ética ciudadana que exige sus derechos también hay que hablar fuertemente en una ética ciudadana que cumpla sus responsabilidades.

El egoísmo natural de nuestra condición humana nos puede guiar a querer disminuir el estado y aplicando la misma máxima de San Pablo decir que cada quien se las arregle. Sin embargo las palabras del Apóstol son para una comunidad.

La tentación de las ciencias económicas es imaginar una comunidad de privados que no es lo mismo que decir un mudo laissez faire, un mundo libre, porque quien más tiene impondría las reglas y volveríamos al sistema feudal.

Vivir en democracia implica beneficiarnos de los impuestos y pagar por estos beneficios. Nos parece prudente invitar a los políticos a esforzarse por mostrar eficiencia en su administración para que el ciudadano pague satisfecho.

Esta invitación tiene mecanismos concretos, el sistema presupuestario utiliza planes, programas y proyectos. Es necesario que afine su lápiz  y no escriba vaguedades, ponga objetivos medibles y defina antes , a quienes, y a cuantos desea llegar y podrá llegar.

Usted ciudadano demándelo, elija una secretaría, algo de su interés, algo que le influya en su comercio, en su trabajo, en su barrio. Nosotros lo esperamos en el Tribunal y le enseñamos a abrir el presupuesto y buscar los datos.

También puede encontrar en nuestra página links a informes económicos de nuestras auditorias ya relazadas.